En atención a la ciudadanía
1. Se implementará por parte de los Alcaldes municipales, la medida de Toque de Queda en toda la población del Quindío en el horario comprendido entre las 10:00 pm hasta las 4:00 am, mientras perdura la emergencia sanitaria nacional, de acuerdo con el acto administrativo del orden Nacional con las excepciones de que haya lugar.
2. Se restringen las reuniones con afluencia masiva de público superiores a 50 personas, incluidas las actividades y eventos de carácter religioso en los municipios del Quindío.
3. Se invita a los actores públicos, privados, académicos y comunitarios a evitar al máximo cualquier tipo de reuniones masivas presenciales, y fortalecer el uso de herramientas tecnológicas y de comunicaciones digitales para comunicar cualquier tipo de información.
4. Se sugiere la suspensión de las actividades de atención al público que se realizan desde gimnasios, casinos, discotecas, cines y bares, entre otros establecimientos abiertos al público.
5. Se suspende la prestación de servicios y la realización de actividades lúdicas, deportivas, y de uso adecuado del tiempo libre en escenarios deportivos. Se invita a la ciudadanía y a las instituciones públicas y privadas a promover la actividad física desde los hogares.
6. Se restringe la entrada de acompañantes a los terminales terrestres y aéreo en el Quindío. Se invita a la ciudadanía usuaria de estos servicios para que ingrese sola a dichos terminales.
7. La Gobernación del Quindío ha solicitado a las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios en el departamento que restablezcan de inmediato y de forma temporal, la prestación de dichos servicios a los usuarios con suspensión de los servicios, para garantizar las condiciones sanitarias en los hogares.
8. Se ha solicitado al Gobierno Nacional a través del Ministerio del Interior, el aplazamiento de las asambleas previas y las elecciones de Juntas de Acción comunal JAC y en el departamento del Quindío, y Juntas administradoras locales JAL en la ciudad de Armenia.
9. Se recomienda reducir la capacidad de carga de personas en los ascensores de las edificaciones.
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